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Reguladas las sustancias y condiciones de fabricación de materiales plásticos en contacto con alimentos. Fuente Consejo de Ministros. Viernes, 23 de mayo de 2008
05/26/2008

REAL DECRETO por el que se aprueba la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos y se regulan determinadas condiciones de ensayo.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueba la lista de sustancias permitidas para fabricar materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos y se regulan determinadas condiciones de ensayo. El objetivo es aumentar la seguridad de los ciudadanos.

Con este Real Decreto se incorporan a la legislación española los últimos conocimientos científicos sobre las sustancias más adecuadas para la fabricación de estos materiales. También se actualiza la legislación al refundir en un texto único las disposiciones vigentes.

Los plásticos son uno de los materiales para envases que más se utilizan en la industria alimentaria. El íntimo contacto entre envase y alimento hace posible la transferencia de sustancias desde el envase al alimento. Por esta razón, han sido objeto de de un mayor control y seguimiento por parte de la Comisión Europea, que modifica periódicamente la legislación comunitaria al respecto, siguiendo las evaluaciones de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria.

En consonancia con esta actualización periódica, el nuevo Real Decreto introduce novedades importantes, como procedimientos para valorar la posibilidad de esas transferencias o migraciones; normas específicas para mejorar la protección de los lactantes o la regulación por primera vez de las juntas de las tapas de los envases.

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